Lunes, Septiembre 10, 2018, 21:56
Hay que tener en cuenta que si el padre o la madre que está obligado a pasar pensión se atrasa en tres o más pagos, se puede solicitar al juzgado:
- Restringir al padre la visita a su hijo o hija.
- Inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).
- Se retenga sus ingresos, cuentas bancarias, objetos o posesiones que tenga.
- Iniciar el proceso de Omisión de Alimentos
Lunes, Septiembre 10, 2018, 21:54
- Copia del DNI de la persona que solicita alimentos.
- Partida de nacimiento del niño o adolescente.
- Nombre completo del padre o madre demandado, su dirección de domicilio o de su lugar de trabajo.
- Constancia de estudios del hijo o hija.
- Boletas o recibos de pago sobre gastos ocasionados por la crianza del hijo o hija (salud, vestido, alimentación, educación, recreo, etc.).
Lunes, Septiembre 10, 2018, 21:51
- La madre o el padre que no posee el dinero suficiente para pagar los gastos de la crianza del hijo o hija menor de edad.
- También, el hijo o hija mayor de edad con incapacidad física o mental comprobada; o que esté cursando estudios exitosos, hasta los 28 años.
- Los mayores de 14 años en su condición de padre o madre.
- Las mujeres embarazadas.
- Las personas de tercera edad.
Lunes, Septiembre 10, 2018, 19:18
La pensión de alimentos comprende todo aquello que se necesita para el sustento de un o una menor, es decir, los alimentos y las necesidades de estudio, salud, vivienda, vestimenta y recreo.